Por: Luis Felipe Jiménez Oviedo –Asesor Electoral.

QUIENES QUEDEN DE SEGUNDOS EN LAS ELECCIONES ALCALDÍAS Y GOBERNACIONES TENDRÁN DERECHO A UNA CURUL EN EL CONCEJO Y ASAMBLEA RESPECTIVAMENTE.

En los próximos comicios electorales vamos a estrenar una nueva figura en las elecciones territoriales que nos trae el estatuto de la oposición, y consiste en que los que queden de segundos en las elecciones a alcaldía o gobernación podrán ingresar por derecho propio al concejo o a la asamblea respectivamente.

Su marco normativo está en la ley estatutaria 1909 de 2018 Por medio de la cual se adoptan el Estatuto de la Oposición Política y algunos derechos a las organizaciones políticas independientes en su artículo 25.

Esta figura ya la estrenamos en las elecciones presidenciales donde el segundo en votación a la presidencia fue Gustavo Petro y aceptó ser Senador y su fórmula Vicepresidencial aceptó ser Representante a la Cámara.

Ahora vamos a estrenar esta figura por primera vez en las elecciones territoriales que consiste que quien quede de segundo en la Alcaldía llegaría al Concejo si acepta, y quien quede de segundo en la Gobernación y acepte, llegaría a la Asamblea respectivamente.

Como es una figura jurídica nueva hay muchas preguntas y especulaciones, y una de las preguntas del millón es… ¿van a aumentar las curules al Concejo y la Asamblea en estas elecciones como ocurrió en el Senado y la Cámara por este mismo estatuto de la oposición? y la respuestas es NO!! No se aumentan las curules.

Para entenderlo de una manera más pedagógica miremos el siguiente ejemplo:

El municipio de Medellín elige 21 Concejales, esto es, que el segundo que quede en votación a la Alcaldía de Medellín decide dentro de las 24 horas siguientes a la declaratoria de la elección por escrito aceptar la curul, haría parte de los 21 Concejales que tiene la ciudad, en ningún momento se le sumaria una curul al Concejo de Medellín es decir 22 por el contrario ya no elegiríamos 21 Concejales sino 20 ya que el segundo en votación a la Alcaldía tomo una curul.

Caso contrario con lo que sucedió en las pasadas elecciones presidenciales, el segundo en votación presidencial con su fórmula vicepresidencial llegaron al Senado y la Cámara respectivamente aumentando en una curul cada una de esas corporaciones (Senado y Cámara), pero en estas elecciones territoriales no se van a aumentar las curules, continúan las que están, en el caso de Medellín son 21 Concejales, si el que queda de segundo en la votación para la Alcaldía decide ir al concejo de Medellín ya no elegiríamos 21 Concejales sino 20.

Si transcurridas 24 horas con la declaratoria de la elección el que quede de segundo en votación no envía su carta aceptando el cargo de Concejal o Diputado se entenderá que no acepta la curul y en consecuencia en el caso de Medellín vamos a elegir no 20 sino 21 Concejales y en la asamblea elegiremos los mismos 26 Diputados, no 25.