Jueces, fiscales y magistrados (e inclusive, procuradores), NO pueden dejarse permear de las indeseables prácticas y maledicencias que suelen presentarse en el mundo político, deben estar por encima de todas esas consideraciones, actuando (ética y moralmente) de manera racional, objetiva e imparcial”.

Autor: Héctor Jaime Guerra León*

La Real academia Española afirma que un golpe de estado es la “Actuación violenta y rápida, generalmente por fuerzas militares o rebeldes, por la que un grupo determinado se apodera o intenta apoderarse de los resortes del gobierno de un Estado, desplazando a las autoridades existentes”.

La Filosofía Política y los grandes avances que se han dado en materia político criminal, nos pueden permitir afirmar –con toda claridad- que este tipo de actuaciones han mutado hacia otras expresiones más sofisticadas, en las que inclusive no se requiere el uso de la fuerza bruta o de las armas, para que se pueda dar un golpe de esta índole, pudiendo presentarse desde otras perspectivas, modificando sus contendidos, estrategias e intenciones y que basta que una autoridad o grupo de estas o de personas sistemáticamente organizadas, intenten forzar el derecho o, contrariando el orden jurídico, intenten asumir el poder o perpetuarse en él, imponer su voluntad desconociendo una autoridad o régimen legítimamente constituidos.

Es preocupante lo que ha venido sucediendo en nuestro país desde algunos años atrás, en los que –como en este caso- una de las Altas Cortes, resulta envuelta en situaciones que no son realmente las más jurídicas e institucionales, cuando por tratar de imponer su propio capricho o el de un grupo de personas o instituciones afines a su parecer, desconocen o quieren desatender el orden jurídico, un mandato de carácter legal y constitucional que inequívocamente les indica el camino y las actuaciones adecuadas que deben seguir en cumplimiento de sus deberes misionales y, concretamente, frente a su papel en el actual Estado Social de Derechos que nos rige y en el cual su deber no es solo el de administrar pronta y sana Justicia, sino también, entre otras primordiales funciones, la de elegir al Fiscal General de la Nación, por haberse terminado el periodo constitucional del anterior titular en ese destacado cargo.

Elegir al Fiscal en propiedad, como lo ordena nuestra Constitución y el Estado Social y Democrático de Derecho vigentes, a pesar de ser una función de carácter administrativo y/o electoral, como se ha aclarado ya mucho por tratadistas y expertos en estas materias, no es solo una función residual o de poca importancia que le corresponde a la Corte, pues se trata de nombrar en titularidad al más alto regente de la investigación criminal y la persecución del delito en Colombia. En un país, como el nuestro, en donde el actuar delincuencial y contrario a la normatividad social y penal, ha contaminado a casi todas las esferas de la sociedad y del Estado, no es responsable darle tantas largas (que se convierten en debilidad política y administrativa para ejercer el cargo, los juristas dicen interinidad) a una institución que –como la Fiscalía, es precisamente la responsable directa, al interior de la Rama Judicial, de hacerle frente y contrarrestar a tan delicado y creciente fenómeno, como es el de la corrupción, que se ha constituido en nuestra Nación en la más perversa propulsora de las más inimaginables manifestaciones de criminalidad e ilegalidad en todo el concierto institucional y social de nuestra república.

No quisiera pensar, como ya empieza a decirse –con razón o sin ella, en muchos sectores académicos (de opinión social y política), que nuestra respetada Corte Suprema, que es –tal vez- la más insigne, majestuosa y valiosa de todo el organigrama institucional judicial, por ser la encargada de buscar un auténtico equilibrio social, a través de sus sabias decisiones, no puede dejarse hundir en este tipo de situaciones (discusiones), tratando, quizá por orgullo y arrogancia de algunos de sus integrantes, de desconocer o burlar la Constitución Nacional con algunos comportamientos o posiciones que sinceramente a la luz de la “Sana Critica” que Ellos mismos dicen imprimir en sus actos, “dejan mucho que desear” y la ponen en condiciones poco aceptables frente a lo que en verdad debe ser el cabal cumplimiento de sus deberes institucionales y misionales; pues como decía Immanuel Kant que fue un filósofo alemán del siglo XVIII, emulando a los antiguos griegos que fueron los que le dieron origen a esa magna institución “La Justicia se perfila, pues, como algo transcendente al obrar ético y jurídico del individuo”. Es decir, que nuestra Justicia debe estar por encima de toda condición, su majestuosidad, honestidad y grandeza deben ser superiores a todas estas banalidades e intestinas peleas que se generan en el contexto nacional por las ambiciones y hasta por el odio y la sed de venganza que se fomenta, entre gobernantes y opositores, en los escenarios gubernamentales y políticos. La Justicia y su Magistratura, no pueden comportarse de manera tan parcializada, ni pueden confundirse o dejarse embrollar de los partidos o idearios políticos y revanchistas, ni de la oposición y mucho menos de los gobernantes, cualquiera que estos fueren. La justicia no puede constituirse en trinchera política de nadie y, por poderoso que este sea, es la encargada de reconocerle sus derechos, pero también de señalarle, con estricta rigurosidad jurídica, sus falencias y limitaciones.

La Justicia y mucho menos sus operadores jurídicos: jueces, fiscales y magistrados (e inclusive, procuradores), NO pueden dejarse permear de las indeseables prácticas y maledicencias que suelen presentarse en el mundo político, deben estar por encima de todas esas consideraciones, actuando (ética y moralmente) de manera racional, objetiva e imparcial. El operador jurídico que actué contrario a estos postulados y principios, no estaría aplicando ninguna Justicia, sino que estaría en camino de ser un despótico, un parcializado, un golpista. Ojalá este no sea el caso de nuestra Honorable Corte Suprema.

* Abogado. Especializado en Planeación de la Participación Ciudadana; en Derecho Constitucional y Normatividad Penal. Magíster en Gobierno.