Jueza levanta audiencia sobre libertad de Uribe y la fija para el martes 22

Bogotá, 16 sep (EFE).- La audiencia para decidir si se levanta o se mantiene la orden de detención domiciliaria del expresidente colombiano Álvaro Uribe fue suspendida y se reanudará el próximo martes para permitir que la jueza del caso estudie los argumentos de las partes.

La decisión la anunció la jueza 30 de Control de Garantías de Bogotá, Clara Salcedo Duarte, después de escuchar este miércoles los alegatos de las partes en una sesión de más de tres horas que se hizo de manera virtual por las restricciones que impone la pandemia de coronavirus.

“Culminadas las intervenciones de las partes y atendida de valorar esos argumentos y postulaciones de manera detenida y ponderada dispondrá esta funcionaria judicial la suspensión de esta audiencia” manifestó Salcedo.

La jueza programó la próxima audiencia para el 22 de septiembre en la mañana.

Uribe, que fue presidente de Colombia entre 2002 y 2010, está en detención domiciliaria desde el pasado 4 de agosto por decisión de la Corte Suprema de Justicia en un proceso por los presuntos delitos de soborno a testigos y fraude procesal.

Este proceso comenzó en 2012 cuando Uribe demandó por supuesta manipulación de testigos al hoy senador Iván Cepeda, que en esa época preparaba una denuncia en el Congreso en su contra por supuestos vínculos con el paramilitarismo.

Sin embargo, el magistrado instructor del caso archivó la causa contra el congresista y abrió una investigación por presunta manipulación de testigos al expresidente.

Dos semanas después de entrar en detención domiciliaria Uribe renunció a su escaño como senador, con lo cual perdió su fuero y el proceso pasó de la Corte Suprema de Justicia a la Fiscalía General, lo que dio pie a sus abogados para pedir que se levante la medida en su contra.

En la audiencia de hoy la jueza escuchó a la defensa del senador Cepeda, que se declaró víctima en el proceso; al delegado de la Fiscalía, Gabriel Jaimes Durán; al abogado Jaime Granados, defensor de Uribe, y a un representante de la Procuraduría General (Ministerio Público).

En la nueva audiencia la jueza Salcedo deberá decir si se considera competente para decidir sobre la libertad de Uribe y bajo cuáles parámetros se manejará el expediente ya que en Colombia existen dos leyes que se pueden aplicar para este caso. EFE

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Pulso por la detención domiciliaria y por el sistema que juzgará a Uribe

Bogotá, 16 sep (EFE).- La situación jurídica del expresidente colombiano Álvaro Uribe comenzará a definirse el próximo 22 de septiembre en una audiencia en la que una jueza decidirá si lo mantiene bajo detención domiciliaria o lo deja en libertad como parte del proceso por presunto soborno a testigos y fraude procesal.

La decisión la anunció la jueza 30 de Control de Garantías de Bogotá, Clara Salcedo Duarte, después de escuchar este miércoles los alegatos de las partes en una sesión de más de tres horas que se hizo de forma virtual por las restricciones que impone la pandemia de coronavirus.

“Culminadas las intervenciones de las partes y atendida de valorar esos argumentos y postulaciones de manera detenida y ponderada dispondrá esta funcionaria judicial la suspensión de esta audiencia”, manifestó Salcedo, quien de común acuerdo con quienes intervienen en el proceso fijó para el próximo martes 22 la nueva diligencia.

Lo que suceda con Uribe, que fue presidente de Colombia entre 2002 y 2010, es motivo de intensos debates en el país, cada vez más dividido entre quienes consideran que debe recuperar la libertad y los que opinan lo contrario al considerar que puede obstruir a la justicia, como dijo la Corte Suprema el pasado 4 de agosto cuando dictó la medida en su contra.

Uribe, de 68 años, permanece en detención domiciliaria en su hacienda “El Ubérrimo”, en el caribeño departamento de Córdoba, desde el mismo día en que la Corte ordenó esa medida de aseguramiento.

GÉNESIS DEL PROCESO

Este proceso comenzó en 2012 cuando Uribe demandó por supuesta manipulación de testigos al hoy senador de izquierdas Iván Cepeda, que en esa época preparaba una denuncia en el Congreso en su contra por supuestos vínculos con el paramilitarismo.

Sin embargo, el magistrado instructor del caso archivó la causa contra el congresista y abrió una investigación por presunta manipulación de testigos a Uribe, fundador del partido de derecha Centro Democrático, al que pertenece el presidente colombiano, Iván Duque.

Dos semanas después de que la Corte Suprema dispusiera su detención domiciliaria, el expresidente renunció a su escaño en el Senado, en lo que la contraparte consideró una maniobra para evitar que ese tribunal lo siga investigando porque considera que es víctima de una persecución.

Al renunciar, Uribe perdió el fuero por lo que su proceso pasó de la Corte Suprema de Justicia a la Fiscalía General, lo que dio pie a sus abogados para pedir que se levante la medida de detención domiciliaria y pueda responder al proceso en libertad.

ARGUMENTOS DE LAS PARTES

En ese contexto se realizó hoy la audiencia en la que la defensa de Uribe pidió su libertad y que fue suspendida por la jueza para estudiar los alegatos de las partes después de escuchar no solo las razones a favor y en contra sino también los argumentos esgrimidos sobre la normatividad bajo la cual se debe conducir el caso.

A la audiencia acudieron el senador Cepeda, que se declaró víctima en el proceso; el delegado de la Fiscalía, Gabriel Jaimes Durán; al abogado Jaime Granados, defensor de Uribe, y la representante de la Procuraduría General (Ministerio Público), María Hernández.

En la nueva audiencia la jueza Salcedo deberá definir si se considera competente para decidir sobre la libertad de Uribe y bajo qué parámetros se manejará el expediente ya que en Colombia existen dos leyes que se pueden aplicar para este caso.

DOS LEYES PARA UN CASO

El abogado Reinaldo Villalba, representante de Cepeda, pidió que el proceso de Uribe siga llevándose por Ley 600 del año 2000, con la que venía en la Corte Suprema de Justicia, y no por el Sistema Penal Acusatorio de la Ley 906 de 2004, como pide la defensa, porque es “un desgaste innecesario de la aplicación de la justicia”.

“Si se cambia el sistema se pierde la calidad de la prueba y se vulnera uno de los principios de la justicia, se pierde un alcance jurídico sustancial y se produce la interferencia. Se debe cambiar el juez instructor y no el sistema penal”, dijo.

Por su parte, Granados, abogado defensor, reiteró su posición de que el caso debe cambiar a la Ley 906 de 2004, lo que en la práctica implica comenzar de nuevo todo el proceso.

Mientras tanto, el fiscal Jaimes dijo que los hechos que se investigan en el proceso, de ser ciertos, habrían ocurrido en 2018, lo que lleva a que el sistema legal adecuado sea la Ley 906, en lo cual coincidió con la procuradora Hernández.

“Si partimos de que los hechos se circunscriben a 2018, por supuesto, siguiendo las voces de la Constitución y de las reglas de vigencia de la Ley 906 de 2004, los hechos determinan ese procedimiento, y entonces el procedimiento aplicable a todas luces es el sistema penal acusatorio”, puntualizó Jaimes, a quien el fiscal general de Colombia, Francisco Barbosa, designó para llevar el proceso.

La discusión en torno a la situación legal de Uribe se produce un día después de que la Corte Suprema también remitiera a la Fiscalía la indagación previa por sus presuntos vínculos con tres masacres perpetradas en Antioquia en los años en que era gobernador de ese departamento (1995-1997) y por el homicidio de un defensor de derechos humanos. EFE

Al igual que el caso de fraude procesal y soborno de testigos, el motivo para este traslado fue el cambio de competencias por la renuncia de Uribe al Senado. EFE

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