Por Guillermo Mejia Mejia

“Para lo último que se debe utilizar informática es para unas elecciones” Bill Gates.2

En entrevista con Yamit Amat, el 15 de octubre de 2.019, en otra en la W el miércoles 15 de enero y en la edición de Semana del mismo día, el nuevo Registrador Nacional del Estado Civil, Alexander Vega Rocha, anuncia que implementará el voto electrónico en Colombia para el año 2.022.
Según el parágrafo 2° del artículo 258 de la Constitución Política, en Colombia “Se podrá implementar el voto electrónico para lograr agilidad y transparencia 3en todas las votaciones”.
En esta misma norma se le dice al Estado que debe velar por que el voto sea secreto.
En desarrollo de esta norma superior, se expidió la ley 892 de 2004, que afortunadamente no se cumplió y luego vino la 1475 de 2011, artículo 39, que, gracias a Dios, para bien de la democracia colombiana, tampoco se cumplió.

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