Para el fallo de Primera Instancia en el proceso  de la pérdida de Investidura del Concejal JUAN CARLOS UPEGUI VANEGAS, que se llevó a cabo en el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA – SALA PLENA, el Magistrado CARLOS ENRIQUE PINZON MUÑOZ dejó expresamente su salvamento de voto, Radicado 05001 23 33 000 2023 01243 00, cuyo texto completo se publica en esta noticia.

Como parte fundamental, llamó la atención que, la curul de esta designación tiene un sentido específico constitucional que es dotar de efectividad el derecho fundamental a la oposición, eje trasversal de la democracia., trayendo a colación el ARTÍCULO 25 de Ley 1909 de 2018 (Estatuto de Oposición).

“ARTÍCULO 25. Curules en las corporaciones públicas de elección popular de las entidades territoriales. Los candidatos que sigan en votos a quienes la autoridad electoral declare elegidos en los cargos de Gobernador de Departamento, Alcalde Distrital y Alcalde Municipal, tendrán derecho personal a ocupar, en su orden, una curul en las Asambleas Departamentales, Concejos Distritales y Concejos Municipales respectivos, durante el periodo de estas corporaciones. Con la organización política a que pertenezcan, podrán intervenir en las opciones previstas en el artículo 7 de esta ley y harán parte de la misma organización política
De modo que la designación en una curul, para quien siga en votos a quien resulte electo en la entidad territorial, en la corporación pública de elección popular de ese nivel tiene un sentido específico constitucional que es dotar de efectividad el derecho fundamental a la oposición, eje trasversal de la democracia.”
“En el caso que nos ocupa, debe partirse de la premisa de que el señor JUAN CARLOS UPEGUI VANEGAS fue designado como Concejal de Medellín, gracias al sistema de garantías normativas que se han dispuesto para ejercitar de forma material el derecho fundamental a la oposición, que de manera indirecta recae en la ciudadanía y se ejerce a través de la colectividad política organizada, de ello no hay duda.”

Upegui anunció en su cuenta personal de X, que apelará el fallo ante el Consejo de Estado

VEA —-> DOCUMENTO COMPLETO DEL SALVAMENTO VOTO PROCESO INVESTIDURA JUAN CARLOS UPEGUI