Por: LUIS FELIPE JIMÉNEZ OVIEDO

Asesor Electoral. –felipejo@hotmail.com

Desde 1996 a la fecha se han solicitado ante la Registraduría más de 109 revocatorias y solo ha prosperado una y fue la del municipio de Tasco en Boyacá en el 2018. (Solo ha prosperado el 1% de las revocatorias en Colombia).

En la actualidad a esas 109, se suman más de 67 solicitudes de revocatoria del mandato que se han presentado en la Registraduría Nacional para los mandatarios regionales del periodo 2020 al 2023, pero para efectos de esta columna vamos hacer referencia a la de Medellín del alcalde Daniel Quintero, ya que es una revocatoria que ha trascendido el ámbito municipal y ha tomado una connotación nacional fruto de sus protagonistas.

Lo primero que tenemos que decir es que es una revocatoria:

Es un mecanismo de participación ciudadana establecido en el artículo 103 de la Constitución Política de Colombia, reglamentado por la Ley 134 de 1994 y modificada por la Ley 1757 de 2015; la revocatoria del mandato es un derecho político, por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han otorgado por voto popular a un gobernador o a un alcalde.

Esta revocatoria se ha convertido en el pulso político más importante del inicio de este 2022 ya que los jefes de debate son, por un lado quien apoya la revocatoria es el Expresidente Álvaro Uribe y por el otro lado que está en contra de la revocatoria, es Gustavo Petro precandidato presidencial.

Dicho lo anterior los pasos que se deben seguir para una revocatoria del mandato son los siguientes:

  1. Realizar la solicitud como promotor o comité promotor ante la Registraduría Nacional.

  1. Se realiza una audiencia pública para garantizar los derechos de información y defensa en el procedimiento de revocatoria del mandato.

  1. Se Diligencia el formulario, diseñado por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en el que como mínimo debe figurar la siguiente información:
    1. El nombre completo, el número del documento de identificación y la dirección de notificaciones del promotor o de los miembros del comité promotor.
    2. El título que describa la propuesta de revocatoria del mandato.
    3. La exposición de motivos que sustenta la revocatoria.

  1. La Registraduría contará con un plazo de ocho (8) días para verificar el cumplimiento de los requisitos de la iniciativa.

  1. El registrador correspondiente asignará un número consecutivo de identificación que señala el orden y fecha de inscripción, que será publicado en la página de la Registraduría.

  1. La Registraduría diseñará y entregará gratuitamente el formulario de apoyos ciudadanos al promotor o promotores de la revocatoria durante los 15 días siguientes.

  1. El número de firmas válidas que se deben recoger para la revocatoria de Medellín es del 30% de los votos obtenidos por Daniel Quintero.

  1. El comité promotor contará con seis meses para la recolección de las firmas de quienes apoyan la iniciativa.

  1. Una vez venza el plazo para la recolección de firmas el comité deberá entregarlas a la Registraduría.

  1. El comité promotor debe entregar los estados contables de la campaña.

  1. La Registraduría del Estado Civil deberá realizar la verificación de las firmas en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario.

  1. La Registraduría certificará el número de firmas válidas y nulas recolectadas por el comité promotor y si se cumplieron con los requisitos de ley.

  1. Dentro de los 8 días siguientes a la notificación del pronunciamiento de la Corte Constitucional o el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, el Gobernador fijará fecha en la que se llevará a cabo la jornada de votación de la revocatoria del mandato y adoptará las demás disposiciones necesarias para su ejecución.

  1. La revocatoria del mandato deberá realizarse dentro de un término no superior a dos meses, contados a partir de la certificación expedida por la Registraduría.

  1. El Consejo Nacional Electoral fijará anualmente la suma máxima de dinero que se podrá destinar al desarrollo de una campaña a favor, en contra o por la abstención de la revocatoria del mandato, y la suma máxima de los aportes de cada ciudadano u organización.

  1. La decisión del pueblo será obligatoria en la revocatoria del mandato, cuando se cumpla con el siguiente requisito:

Cuando el pronunciamiento popular sea de la mitad más uno de los votos ciudadanos que participen en la respectiva convocatoria, siempre que el número de sufragios no sea inferior al cuarenta (40%) de la votación total válida registrada el día en que se eligió al respectivo mandatario. Si como resultado de la votación no se revoca al alcalde, no podrá volver a intentarse en lo que resta de su período.

  1. Si prospera la revocatoria el registrador correspondiente enviará al Gobernador la certificación para que se convoque a unas nuevas elecciones.

  1. Si prospera la revocatoria el registrador correspondiente comunicará al Gobernador para que proceda a la remoción del cargo y designar un encargado.

  1. Revocado el mandato a un gobernador o a un alcalde se convocará a elecciones para escoger al sucesor, dentro de los 2 meses siguientes a la fecha en que el registrador correspondiente certificare los resultados de la votación.

Datos de la revocatoria en Medellín:

  • El comité de revocatoria recogió más de 260.000 firmas.
  • Para que se aprueben las firmas la Registraduría debe certificar más de 91.026 firmas válidas.
  • El día de las elecciones de la revocatoria debe votar más del 40 % del total de votantes de 2019 esto es 783.820 por el 40%, deben votar más de 313.528 ciudadanos es el umbral mínimo.
  • De esos 313.528 votantes deben votar por él sí, la mitad más uno es decir deben votar 156.765 ciudadanos por el sí de la revocatoria para que prospere.

Las redes están que arden, la ciudad esta polarizada y la conversación obligatoria en las calles, en el trabajo, con los amigos y la familia por esta época, es la revocatoria de Daniel Quintero.

Frase de la semana

 

«Conoce a tu oponente, conócete a ti mismo y no pondrás en peligro tu victoria».

 

Sun Tzu el Arte de la Guerra

1 Comentario

  1. Está es una información valiosa. Pienso que nuestra sociedad está muy Dada a la opinión sin la acción. Este artículo abona el terreno para que seamos más participativos.

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