Por: Jairo Hernán Ramírez Gómez

Para iniciar y estar a tono con los últimos acontecimientos, me refiero a conflictos que pasaron desapercibidos hasta la destitución del Gerente de EPM y a la cesión contractual en el contrato de obras principales del proyecto Ituango.

– En diciembre pasado, en reunión de comité de contratación, donde se exponían las modificaciones a los contratos de obras principales, se empezaron a manifestar las discrepancias sobre las mismas, entre el Vicepresidente de Asuntos Legales y el Gerente. Candentes en su momento, pero rápidamente pasaron a un segundo plano.

Se recuerda, la intervención del vicepresidente en el debate en el Concejo a EPM, donde se fajó con una férrea defensa del llamado a conciliación con los contratistas y de la oportunidad de la misma, antes de los dos años a partir de la contingencia, frente a quienes lo criticaban por su apresuramiento y sostenían además, que dicho plazo se contaba a partir de la terminación de los contratos.

– A principios de enero de 2021, apareció en redes sociales un comunicado de Conconcreto, titulado: “a Tribunal Internacional para resolver diferencias con EPM”. Aparte del titular, califica el llamado al contratista como una reclamación singular. Fuera del titular, nadie le paró bolas al resto de su contenido.

 Estoy de acuerdo en la calificación singular, pues en Colombia lo normal es que los contratistas demanden y llamen a conciliación a las entidades públicas de cualquier orden, pero, en este caso ocurrió lo contrario, el contratante llamó a los contratistas a orden.

Un mes después, del “bochornoso incidente” entre El gerente y El vicepresidente, también del comunicado mencionado, nos enteramos que Camargo Correa Infraproyectos, pretende asumir el nuevo liderazgo en el Consorcio CCC, filial de la matriz Camargo Correa, con el apoyo del Gerente, razón principal de su destitución, después de una solicitud unánime de la Junta Directiva para que diera un paso al costado.

Ahora, con la firma de la AMB 39, Acta de Modificación Bilateral, con cambios en remuneración, metodología de pagos y continuidad de los contratos, salen a la luz pública asuntos que no se conocían, o pasaban desapercibidos en su momento, a saber:

 – Resulta que, en marzo de 2018, en la administración anterior de EPM y antes de la contingencia, Camargo Correa, presentó solicitud para ceder el porcentaje de su participación en el Consorcio, a Camargo Correa Infraproyectos, su filial, se dice que con un patrimonio registrado infinitamente menor que el de Camargo Correa.

Comentario: Se refieren a la antigüedad de la solicitud en marzo de 2018, antes de la contingencia en abril del mismo año, pero no informan que desde finales del 2017 y primeros meses de 2018, ya se presagiaban problemas constructivos en el proyecto, y tal vez, con su experiencia y habilidad demostrada, consideraron la cesión como una salida estratégica para no afectar su matriz con futuros problemas jurídicos ante tribunales colombianos.  

– Se afirma también, que la Junta Directiva de EPM de ese entonces, estaba enterada de dicha solicitud, pero, se extraña, como lo dice algún medio, que no actuó.

– Se conoció también, que, en el 2018, después de la contingencia y en la administración anterior, se acordó entre las partes que las disputas entre el Consorcio y EPM, se llevarían a instancias de un tribunal Internacional. No se conocen los argumentos para este cambio que logró Camargo Correa, y que en un evento similar no pudieron lograr los dueños mayoritarios del proyecto Hidroituango, tal como se ilustra a continuación:

Cuando estaba en proceso de negociación el contrato BOOMT, la Gobernación y el IDEA y su asesor, Brigard Urrutia, pedían que los tribunales y solución de disputas del contrato, se llevasen a cabo por entidades fuera de Medellín, para evitar conflictos de interés.  EPM en ningún momento permitió esta solicitud y por el contrario insistía que debía ser con la Cámara de Comercio de Medellín de por medio, discusión esta que ponía en riesgo el contrato, pero finalmente EPM les ganó el pulso a los dueños mayoritarios.

DE LA CESION DE CONTRATO O DE PARTICIPACIÓN EN EL CONSORCIO.

En la cesión que nos ocupa, no hay una cesión total, pero sí la del contratista principal con participación mayoritaria en el Consorcio, de Camargo Correa, a Camargo Correa Proyectos, como tal, se modifican los integrantes que deben responder por el contrato.

Por otra parte, el contrato con el Consorcio original, surgió de un pliego de condiciones en un proceso de contratación, con requisitos de participación, técnicos, legales, societarios y financieros, así como de experiencia, que debieron acreditar en la propuesta, el consorcio y sus integrantes y que luego, entre todos los proponentes, se les adjudicó por ocupar el primer puesto en la calificación los factores evaluados.

Para respetar la esencia contractual, durante su vigencia, Camargo Correa, el cedente, debió justificar legalmente la cesión con documentos en mano, al igual que también para su filial, acreditar el cumplimiento de los requisitos señalados antes, en el pliego incluida la experiencia.

  Si estos requisitos de la filial, se cumplen después de ser evaluados, EPM puede proceder según el pliego y la discrecionalidad que le asiste. Si no hay una respuesta expresa de aceptación, la tal cesión no existe, así haya de por medio una AMB firmada. En este caso el pliego, los estatutos y normas de contratación de EPM, tienen un orden jerárquico superior a la referida acta.

Si EPM dio respuesta positiva a la cesión, y siguió el debido proceso, se aplica el dicho: después de ojo sacado, no hay Santa Lucía que valga.

Hasta aquí mis comentarios, que seguramente un experto en contratación y en nuestro ordenamiento jurídico, podrá complementar o diferir de los mismos.

Invitación al Alcalde, que proceda con sus facultades y los procedimientos normativos, al nombramiento de Gerente, o ratificación de quien esta encargada, si cumple los requisitos y perfil, sin tener en cuenta señalamientos políticos y sin conflictos de interés con los contratistas, gremios o agentes que promueven su revocatoria.

Con un Gerente de confianza y una la Junta Directiva, con su capacidad e independencia ya probada por todos sus miembros, es oportuno que el Alcalde, también para su tranquilidad, delegue y suelte ya a EPM, y ejerza su función que le corresponde en la Junta, sin entrometerse en pequeñeces y sin revanchismos de ninguna clase, para que pueda dormir tranquilo, y nosotros también, que aparte de la pandemia, la polarización nos tiene cansados.

TODOS LOS ANTIOQUEÑOS UNIDOS CONTRA LA CORRUPCIÓN

JAIRO HERNÁN RAMÍREZ GÓMEZ

2 Comentarios

  1. Que orgullo me da que uno de mis jefes que tuve, conocedor del tema explique de una manera tan clara y con conociendo lo que ocurre en nuestra querida empresa perseguida por los enemigos que se han lucrando y que un joven los puso en su lugar

  2. Muy serio, respetuoso y aterrizado aporte, ante la gran cantidad de desaciertos y abusos propuestos POR LOS VOCEROS DEL GEA y la antigua junta de EPM, que después de haber renunciado quieren seguir gobernando a Medellín y el país por supuesto quieren privatización de EPM a como dé lugar, pues nunca, jamás en la historia volverán a tener la oportunidad de hacer el negocio más grande y rentable de la historia de Medellín … Robarse las EPM, en favor de particulares …

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