La Iglesia enseña que el diablo puede poseer una persona por eso tiene el rito de exorcismo para expulsarlo

Por: Prof. Felipe Aquino | Fuente: cleofas.com.br

Es dogma de fe que el diablo existe y puede actuar sobre el ser humano. El Catecismo de la Iglesia dice: “Detrás de la elección desobediente de nuestros primeros padres hay una voz seductora que se opone a Dios y que por envidia, los hace caer en la muerte. Escritura y la Tradición de la Iglesia ven en este ser un ángel destronado llamado Satán o diablo. La Iglesia enseña que antes había sido un buen ángel creado por Dios… pero se hizo a si mismo malo” (#391). El diablo es “pecador desde el principio” (1 Jn 3,8), “padre de la mentira” (Juan 8:44). Jesús lo llama “un homicida desde el principio” (Jn 8:44). “El Hijo de Dios se manifestó para deshacer las obras del Diablo” (1 Jn 3,8), dice San Juan.

La Iglesia enseña que el diablo puede poseer una persona, tomar el mando de sus facultades; y por eso tiene el rito de exorcismo para expulsarlo. Jesús realizó muchos exorcismos: “Si por el Espíritu de Dios expulso yo los demonios, es que ha llegado a vosotros el Reino de Dios” (Mt 12:28). Es de Jesús de quien la Iglesia ha recibido el poder y la responsabilidad de exorcizar.

Se habla de exorcismo cuando la Iglesia exige públicamente y con autoridad, en el nombre de Jesucristo, que una persona o un objeto sea protegido contra la influencia del mal y sustraídos de su dominio.

Bajo una forma simple, el exorcismo se practica durante la celebración del Bautismo. Dado que el Bautismo significa la liberación del pecado y de su instigador, el diablo, se pronuncia un exorcismo sobre el candidato. Este es ungido con el óleo de los catecúmenos y el celebrante impone la mano, y el candidato renuncia explícitamente a Satanás.

El exorcismo solemne, llamado “exorcismo mayor” puede ser realizado solamente por un sacerdote con el permiso del obispo. Es necesario proceder con prudencia, observando estrictamente las reglas establecidas por la Iglesia. Es importante, por tanto,  antes de realizar el exorcismo, analizar si se trata de una presencia del maligno o de una enfermedad mental.

La Congregación para la Doctrina de la Fe, el 24 de septiembre de 1985,  en una Carta a los Ordinarios del Lugar, recuerda lo siguiente:

1. El canon 1172 del Código de Derecho Canónico declara que a nadie es lícito realizar exorcismo sobre personas posesas, a no ser que el Ordinario del lugar haya concedido licencia peculiar y expresa para ello (#1). Determina también que esta licencia sólo puede ser concedida por el Ordinario del lugar a un presbítero piadoso, docto, prudente y con integridad de vida (#2). Por consiguiente, los Sres. Obispos son invitados a urgir la observancia de tales preceptos.

2. De estas prescripciones, se sigue que no es lícito a los fieles cristianos utilizar la fórmula de exorcismo contra Satanás y los ángeles apóstatas, contenida en el Ritual que fue publicado por orden del Sumo Pontífice León XIII; mucho menos les es lícito aplicar el texto entero de este exorcismo. Los Sres. Obispos traten de amonestar a los fieles a este propósito, siempre que haya necesidad.

3. Finalmente, por las mismas razones, se ruega a los Sres. Obispos que velen para que -aun en los casos que, excluida la auténtica posesión diabólica, parezcan revelar algún influjo del diablo- personas sin la debida autorización dirijan reuniones en las cuales se hagan oraciones para obtener la expulsión del demonio, oraciones que directamente interpelen a los demonios o traten de conocer la identidad de los mismos.