2025-11-24 08:45:26
La Sección Quinta del Consejo de Estado, en sentencia de segunda instancia del 20 de noviembre de 2025, confirmó la nulidad del registro de la declaración política de oposición del Partido Verde Oxígeno respecto del gobierno del presidente de l a República, Gustavo Petro Urrego, efectuada por el Consejo Nacional Electoral por solicitud de la directora nacional de esa colectividad y en atención a lo consagrado en el artículo 2º de la Ley 1909 de 2018. La corporación advirtió que, según los estatutos del partido, la competencia para realizar la declaración política no es de la dirección nacional, como lo sostuvo el Consejo Nacional Electoral al realizar la inscripción y posterior inclusión en el Registro Único de Partidos, Movimientos y Agrupaciones Políticas, sino del comité congresional, conformado por los congresistas de esa colectividad, quienes habían manifestado declararse en independencia. Asimismo, se indicó que el medio de control procedente para controvertir actos de inscripción y registro, como el que se analizó, es el de nulidad y no el de nulidad y restablecimiento del derecho, cuyo conocimiento le corresponde en segunda instancia al Consejo de Estado, de acuerdo con lo previsto en el numeral 1º del artículo 149 de la Ley 1437 de 2011.
TOMADO DE LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL CONSEJO DE ESTADO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

