LA CORTE CONSTITUCIONAL TUMBÓ LEY QUE MENOSPRECIABA

LA LEY DE GARANTIAS

Histórico: tumban el artículo 124, con efectos retroactivos

“CORTE CONSTITUCIONAL DECLARA INEXEQUIBLE, CON EFECTOS RETROACTIVOS, EL ARTÍCULO 124 DE LA LEY 2159 DE 2021 POR VIOLAR FLAGRANTEMENTE LA RESERVA DE LEY ESTATUTARIA Y EL PRINCIPIO DE UNIDAD DE MATERIA.

“LEY 2159 DE 20211 (noviembre 12) Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2022 (…) ARTÍCULO 124°. Con el propósito de promover la reactivación económica y la generación de empleo en las regiones, a partir de la publicación de la presente ley y durante la vigencia fiscal 2022, la Nación podrá celebrar convenios interadministrativos con las entidades territoriales para ejecutar programas y proyectos correspondientes al Presupuesto General de la Nación. La presente disposición modifica únicamente en la parte pertinente el inciso primero del parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005. PARÁGRAFO. Todos los convenios que se suscriban bajo el amparo de la presente disposición serán objeto de control especial por parte de la Contraloría General de la República. El Contralor General de la República determinará, en el marco de sus competencias constitucionales y legales, la forma en que se ejercerá dicho control especial.

Leer —>texto completo del Comunicado de la Corte Constitucional

Tomado de la página web oficial de la Corte Constitucional

ESE DIA: LOS QUE VOTARION SI, LOS QUE VOTARON NO Y LOS QUE NI SIQUIERA ASISTIERON